CE Implementa 2024: Ayudas para Comunidades Energéticas en España

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha lanzado las bases del programa CE Implementa, parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Con 120 millones de euros gestionados por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), esta iniciativa fomenta la creación de comunidades energéticas que promuevan la energía renovable y la eficiencia energética en España.

En Senda, te ayudamos a conseguir tu financiación y poder obtener las ayudas de CE Implementa IDAE. No dudes en contactar con nosotros para que uno de nuestros expertos te guíe en este proceso.

Las ayudas CE Implementa 2024 representan una oportunidad única para financiar proyectos innovadores en energías renovables, movilidad sostenible y gestión de la demanda. Descubre a continuación los requisitos para optar a las subvenciones del programa CE Implementa.

Beneficiarios 

Podrán acceder a las ayudas personas jurídicas públicas o privadas que formen parte de una Comunidad de Energía Renovable (CER) o una Comunidad Ciudadana de Energía (CCE). Estas deben estar conformadas por al menos cinco socios o miembros y mantener su autonomía respecto a estos.

También serán beneficiarios aquellas personas interesadas en crear una comunidad. Si aún no has formado una comunidad energética pero estás interesado en hacerlo, podemos ayudarte a dar los primeros pasos. Desde la creación de la comunidad hasta la gestión de ayudas, estamos aquí para apoyarte en todo el proceso.

Requisitos y obligaciones esenciales

  • Mantenimiento y Operación: Se debe garantizar la operación de la actuación subvencionada durante al menos cinco años.
  • Propiedad de Activos: Los beneficiarios deben acreditar la propiedad de los activos subvencionables, que incluyen equipos como redes de calor y frío e instalaciones fotovoltaicas.

Proyectos piloto para comunidades energéticas en el programa CE Implementa

Deberán comprender al menos una actuación de las especificadas dentro de las cuatro primeras áreas de actuación que se exponen a continuación.

1. Energías renovables eléctricas

Asociadas a una o varias de las siguientes fuentes de energía: biomasa, biogás u otros gases renovables, eólica, hidráulica y solar fotovoltaica. En todo caso, cualquiera de las tecnologías anteriores, deberá de contar obligatoriamente con un sistema de almacenamiento detrás del contador para poder ser subvencionables. Este sistema de almacenamiento deberá de poder almacenar un mínimo de 0,5 horas de la potencia de las actuaciones de EERR eléctricas.

2. Energías renovables térmicas

Asociadas a una o varias de las siguientes fuentes de energía: aerotermia, biomasa, biogás, biometano u otros gases renovables, geotermia, hidrotermia y solar térmica, así como los sistemas de aprovechamiento de dichas fuentes en las aplicaciones determinadas en la convocatoria.

3. Eficiencia energética

Asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica. Estas actuaciones serán subvencionables para, edificios de titularidad pública o edificios o locales que sean propiedad de la comunidad energética, ya que deben beneficiar a todos los socios de la misma.

4. Movilidad sostenible

Asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: bicicletas compartidas o vehículos eléctricos compartidos (siempre que sean propiedad de la comunidad energética) e implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

5. Gestión de la demanda

Asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: sistemas de regulación mediante almacenamiento hidráulico u otros sistemas de almacenamiento innovadores que podrán incluir baterías de próxima generación o nuevos aprovechamientos de baterías vehiculares (segunda vida de baterías), agregación de la demanda de energía térmica y sistemas para proporcionar flexibilidad de la demanda.

 

ce implementa convocatorias 2024

 

Gastos elegibles para subvenciones del IDAE: qué puedes incluir en tu proyecto

Se considerarán como costes subvencionables, los siguientes:

a) Los costes de gestión de la solicitud y de la justificación de la realización de las actuaciones de la ayuda. aquellos gastos que el solicitante o destinatario último de la ayuda pudieran satisfacer a empresas o profesionales por llevar a cabo la gestión administrativa y documental de su solicitud y/o su justificación.

b) La elaboración de los proyectos técnicos relacionados con la realización de las actuaciones.

c) Los costes de redacción de los pliegos objeto de licitación para la ejecución de las actuaciones de los proyectos subvencionables.

d) Los costes de dirección facultativa de realización de las actuaciones.

e) Los costes de coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje.

f) Los costes de ejecución de las obras, incluyendo obra civil y/o montaje de las instalaciones.

g) La inversión en equipos y materiales relacionados con las actuaciones objeto de ayuda, así como instalaciones auxiliares.

h) Sistemas de gestión, control activo y monitorización tanto de la generación como de la acumulación y la demanda de energía eléctrica o térmica de instalaciones consumidoras abastecidas por el proyecto objeto de la ayuda, que ayuden a optimizar la gestión y producción.

i) Los costes de desarrollo de herramientas de gestión de la gobernanza y/o administración de la comunidad energética.

j) Costes de comunicación relativos al cumplimiento de las obligaciones de información y publicidad en el marco del NextGeneration EU y el PRTR.

k) Costes relativos al cumplimiento de las obligaciones del principio DNSH.

Intensidad máxima de las ayudas del IDAE 

La intensidad máxima de las ayudas se determinará conforme a los límites establecidos en las bases reguladoras de cada convocatoria.

Presupuesto de las convocatorias e inversión a realizar en los proyectos 

5ª Convocatoria

  • El presupuesto asignado para esta convocatoria asciende a 30.000.000 €.
  • Inversión máxima por proyecto de 1.000.000 €.

6ª Convocatoria

  • El presupuesto asignado para esta convocatoria asciende a 90.000.000 €.
  • Inversión mínima por proyecto de 1.000.000 €. 

Plazo de presentación de solicitudes para las subvenciones del IDAE

Las solicitudes podrán presentarse desde el 19 de septiembre de 2024 a las 09:00 hasta el 31 de octubre de 2024 a las 12:00 horas.

Valoración y selección de solicitudes

La selección se realizará bajo el régimen de concurrencia competitiva, evaluando los proyectos en función de criterios detallados en la convocatoria oficial.

Plazo de realización de la inversión y ejecución de las actuaciones subvencionadas 

El plazo para la realización de las inversiones subvencionables y ejecución de las actuaciones objeto de las ayudas será de 14 meses que se computará siempre a partir de la fecha de notificación de la resolución favorable de concesión de ayuda.

En Senda te ayudamos en el proceso 

El tiempo para aprovechar estas ayudas es limitado y los beneficios pueden ser decisivos para el éxito de tu proyecto. No esperes más para impulsar tus ideas hacia un futuro más sostenible.

En Senda, te apoyamos en cada paso para asegurar tu financiación con las ayudas de CE Implementa IDAE. Contáctanos hoy para que uno de nuestros expertos te guíe en el proceso.

 





     

     

    CE IMPLEMENTA CONVOCATORIAS 2024

     

    Si quieres conocer más información sobre este programa y las ayudas para comunidades energéticas puedes descargar a continuación los documentos oficiales:

    1. Convocatoria CE Implementa 05 (Proyectos Piloto – Menor a 1M€)
    2. Convocatoria CE Implementa 06 (Proyectos Piloto – Mayor a 1M€)
    3. Bases del Programa CE Implementa